Beneficio impositivo

Clientes de UTE acceden a rebaja de dos puntos de IVA por Ley de Inclusión Financiera

Los clientes de UTE que utilicen medios de pago electrónicos podrán acceder a la reducción de dos puntos del IVA, establecido en la Ley de Inclusión Financiera. En la factura de energía eléctrica debe figurar la leyenda “consumidor final”. La empresa recuerda que las oficinas comerciales no manejan valores y que la responsabilidad de realizar el cálculo es del agente de cobranza.

Factura de UTE
Los servicios técnicos de UTE recordaron que a partir del 1.º de agosto pasado comenzó a regir la Ley de Inclusión Financiera, que otorga una rebaja en el Impuesto al Valor Agregado (IVA) a las enajenaciones de bienes y prestaciones de servicio efectuadas a consumidores finales, siempre que la contraprestación se efectúe mediante la utilización de medios de pago electrónicos.

Al respecto, hacen énfasis en aclarar que todos los clientes de UTE podrán acceder al beneficio de la reducción del IVA, siempre y cuando en la factura de energía eléctrica figure la leyenda “consumidor final” en el campo correspondiente al titular de la cuenta.          

El beneficio aplica para facturas emitidas a partir del 1.º de agosto de 2014. 


La empresa recuerda que las oficinas comerciales no manejan valores desde el 1.º de febrero de 2014; la responsabilidad de realizar el cálculo en los casos en que corresponda, será del agente de cobranza.


La rebaja es de dos puntos del IVA, tanto para débitos automáticos en bancos, débitos automáticos en tarjetas de créditos, pagos puntuales a través de internet y a través de celulares, cajeros automáticos y pago presenciales en las redes de cobranza. 

 

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