Impuestos

Productores rurales cuentan con amplios beneficios fiscales, incluidos los más grandes

La mitad de los productores agropecuarios no son contribuyentes directos de la Dirección General Impositiva (DGI). El único tributo que grava su producción es el IVA contenido en sus insumos, del cual están exonerados en casi todos los casos. Además, los productores agropecuarios pequeños y medianos también tienen un tratamiento favorable para el pago del impuesto de primaria y del impuesto al patrimonio.

Producción de granos

Desde hace décadas, el sector agropecuario tiene un tratamiento tributario más favorable que el régimen general, especialmente para productores rurales pequeños y medianos a fin de favorecer su competitividad, “uno de los puntales de la inserción internacional del Uruguay”, según el mensaje simultáneo emitido este martes 27.

Por el diseño del Imeba y del IVA en el sector agropecuario, la mitad de los productores no son contribuyentes directos de la Dirección General Impositiva. El único tributo que grava su producción es el IVA contenido en sus insumos, que están exonerados de ese impuesto en casi todos los casos.

Los productores agropecuarios pequeños y medianos también tienen un tratamiento favorable para el pago del impuesto de primaria y del impuesto al patrimonio.

En aquellos casos en que sí son contribuyentes directos de la DGI, el 75 % está gravado únicamente por el impuesto a las enajenaciones de bienes agropecuarios (Imeba) y, por tanto, pagan un porcentaje de sus ventas que va hasta 2,5 %, según el producto.