Continúa rebaja de cuatro puntos de IVA

Inclusión financiera: hay cerca de 530.000 nuevas cuentas bancarias y casi 800.000 instrumentos de dinero electrónico

“La Ley de Inclusión Financiera permitió que grandes colectivos que antes no accedían a servicios financieros pudieran hacer uso de ellos de manera gratuita”, destaca el proyecto de ley de Rendición de Cuentas. En el texto se agrega que hay cerca de 530.000 nuevas cuentas bancarias y casi 800.000 instrumentos de dinero electrónico.

Gráfica sobre evolución de tarjetas de débito e instrumentos de dinero electrónico

El proyecto de ley de Rendición de Cuentas a estudio del Parlamento expresa que “el programa de Inclusión Financiera constituye uno de los componentes de la política de inclusión social llevada adelante por el Gobierno y se enmarca en el conjunto de reformas estructurales que se han venido implementando desde el año 2005”. Destaca que “permitió que grandes colectivos que antes no accedían a servicios financieros pudieran hacer uso de ellos de manera gratuita”.

Según datos del Banco Central del Uruguay, desde la implementación de la norma hay casi 530.000 nuevas cuentas bancarias y 800.000 instrumentos de dinero electrónico. De ese modo, se estima que más de 800.000 personas han accedido a una cuenta o instrumento gratuito, lo que representa más del 30 % de la población mayor de 15 años.

La ley, además de establecer que deben ser brindados sin ningún tipo de costo, dispuso que deben tener asociado un conjunto de servicios básicos mínimos, también gratuitos, como el acceso a un medio de pago electrónico que permita al usuario beneficiarse de la rebaja de hasta cuatro puntos del impuesto al valor agregado (IVA) y la posibilidad de realizar consultas ilimitadas del estado de cuenta.

Asimismo, deben permitir efectuar al menos cinco extracciones mensuales de efectivo gratuitas en una red de cajeros con amplitud en el territorio y hasta ocho transferencias al mes de hasta de 2.000 unidades indexadas sin costo. También estableció el derecho a que todas las empresas de reducida dimensión económica puedan acceder en forma gratuita a una cuenta en una institución de intermediación financiera.

El documento recuerda que, previo a la puesta en marcha de la inclusión financiera, los pequeños comerciantes pagaban un arancel máximo del 7 %, mientras que las grandes superficies pagaban aranceles de entre 1,5 % y 2 %. Estos niveles fueron registrando sucesivas reducciones, la última de las cuales se concretó en febrero de 2018. A partir de entonces, el arancel máximo para las tarjetas de débito alcanzó su nivel más bajo, al ubicarse en 1,5 % y, en el caso de las tarjetas de crédito, pasó a 4 %.

Además, resalta que, antes de esta normativa, el trabajador no tenía posibilidad de elegir cómo y dónde cobrar su salario y era el empleador quien lo definía. Sostiene que “esto es muy importante, porque un trabajador formal es un trabajador con mayores derechos y beneficios, derivados de la cobertura de la seguridad social, incluyendo la cobertura del seguro de salud, el seguro de enfermedad y el seguro de paro, así como la mejora en las posibilidades y condiciones de acceso a una jubilación en el futuro”.

Rebaja del IVA

La Ley de Inclusión Financiera estableció una rebaja permanente de dos puntos porcentuales del impuesto al valor agregado (IVA) para las ventas que se cobren en un único pago con tarjetas de débito u otros instrumentos de dinero electrónico, sin ningún tipo de tope.

Adicionalmente, desde el 1,° de enero de 2017 se incorporó una rebaja adicional de dos puntos de IVA para todas las operaciones con tarjeta de débito o instrumento de dinero electrónico que no superen las 4.000 unidades indexadas (aproximadamente 14.000 pesos).

Así, estas operaciones se beneficiarán de una reducción total de cuatro puntos de IVA, la tasa básica más baja de las últimas cuatro décadas.

En el caso de los restaurantes, corresponde aplicar la devolución de nueve puntos porcentuales de IVA establecida en la ley n.º 17934. Ese régimen es anterior a la Ley de Inclusión Financiera y se aplica desde 2006 para las operaciones pagadas con tarjetas de crédito y de débito y, desde agosto de 2015, para las operaciones pagadas con instrumento de dinero electrónico u otros análogos. También desde ese mes se aplica tanto para las consumiciones en el propio local como en los de entrega a domicilio (delivery) y en las compras de comida para llevar.

Preguntas frecuentes sobre la Ley de Inclusión Financiera